VISTOS Y CONSIDERANDO:-
Que, el parágrafo I del Articulo 35 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado, en todos sus niveles, protegerá el derecho a la salud, promoviendo políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud; asimismo, determina como deberes del Estado, la protección del derecho a la salud, debiendo promover políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud; así también, determina el deber del Estado, de proteger el derecho al trabajo, aplicando los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad.
Resolución Ministerial 731/22