Ministerio de Trabajo, 28 de abr 2022.- El feriado por el Día del Trabajo se recorre al lunes 2 de mayo como compensación con el siguiente día hábil, como establecen las normas legales correspondientes, informó el director General de Trabajo, Yecid Mollinedo.
“Cuando un feriado cae en domingo que es un día de descanso, este debe ser compensado por el siguiente día hábil, en este caso el lunes 2 de mayo y eso es lo que sucede con el Primero de Mayo, que cae este domingo”, sostuvo la autoridad laboral.
Esta disposición se halla contenida en el comunicado 014/2022 emitido por el Ministerio de Trabajo, a través de la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional que establece la suspensión de actividades públicas y privadas en todo el territorio Plurinacional de Bolivia el lunes 2 de mayo, como compensación del feriado que cae en domingo.
Mollinedo explicó que esta determinación da cumplimiento al parágrafo II del Artículo Único de la Ley No 274 del 10 de septiembre de 2012, en concordancia con el artículo 3 del Decreto Supremo No 2750 del 1 de mayo de 2016.
El artículo Único, parágrafo II de la Ley 274 señala: “Se instituye como feriado nacional el Día del Trabajo con suspensión de actividades públicas y privadas, otorgándose descanso por toda la jornada laboral con el respectivo pago de haberes. Si el feriado recae en día no hábil, deberá ser compensado con el siguiente día hábil”.
Mollinedo afirmó que esta determinación es de cumplimiento obligatorio como señala el parágrafo 1 del artículo 48 de la Constitución Política del Estado.