Con Bs 30 mil y una multa equivalente a 500 UFVs es sancionada la empresa Calser de Camiri

Ministerio de Trabajo, Camiri, 1 de abr de 2022.- La empresa Calser SRL (Camiri-Santa Cruz) fue sancionada con una multa de 30 mil bolivianos más el equivalente a 500 UFVs por 16 infracciones a normas laborales establecidas en la Ley General del Trabajo e infringidas por los empleadores en contra de sus trabajadoras y trabajadores.

“En la inspección se determinó, de acuerdo al análisis y valoración de la documentación presentada por la empresa, la multa de 2.000 bolivianos por cada una de las 15 infracciones laborales, haciendo un total de 30 mil bolivianos y el equivalente a 500 UFVs por la no presentación de los formularios de inscripción del empleador a las AFPs”, afirmó el jefe Regional de Trabajo de Camiri, Alexander Padilla Miranda.

La empresa sancionada cuenta con 12 trabajadoras y trabajadores que prestan servicios como el podado de plantas, limpieza de espacios, entre otros, a la Cooperativa Rural de Electrificación (CRE).

La fiscalización laboral estuvo a cargo del inspector Marvin Padilla Benavidez, dependiente de la Jefatura Regional de Trabajo de Camiri, quien se constituyó en el centro comercial el pasado 11 de marzo de 2022 para reflejar las condiciones de trabajo.

Entre las infracciones por parte del empleador también se mencionan la no presentación de las planillas de pago de horas extras, dominicales y feriados; contratos de trabajo de nacionales y extranjeros refrendados por el Ministerio de Trabajo, planillas de asignaciones familiares, pre y post natal (última gestión); último convenio salarial homologado por el Ministerio de Trabajo; planillas de vacaciones de las y los trabajadores, entre otras, explicó Padilla Benavidez.

“En atención a los fundamentos expuestos y debido a que el empleador no presentó documentación de descargo alguno conforme al requerimiento de inspección, se evidenció que la parte patronal incumplió con lo establecido en la Ley General del Trabajo, decretos reglamentarios y demás normas conexas”, puntualizó el inspector asignado al caso.

Finalmente, por infracciones a las Leyes Sociales, dijo el Jefe Regional de Trabajo de Camiri, establecidas en los artículos 222, 223, 232 y 237 del Código Procesal del Trabajo y otras, las conclusiones de la inspección laboral serán remitidas a la autoridad competente del Órgano Judicial.