Ministerio de Trabajo, 4 ene 2022.- Con la finalidad de proteger la salud y la vida de las y los trabajadores y población en general, el Ministerio de Trabajo dispuso la ampliación y vigencia de las medidas de bioseguridad hasta el 30 de junio del año en curso. Su aplicación es obligatoria para los empleadores.
“Debido al comportamiento epidemiológico registrado en las últimas semanas y la declaratoria de Emergencia Nacional, la jornada laboral de ocho horas continúas, el horario de ingreso escalonado, el trabajo a distancia y teletrabajo y las medidas de bioseguridad tienen vigencia plena y obligatoria hasta finales de junio próximo”, afirmó la ministra de Trabajo, Verónica Navia.
Esta disposición contenida en la Resolución Ministerial 1293/21, emitida el 31 de diciembre de 2021, está dirigida a contener la propagación del Covid 19 en las fuentes laborales y proteger la salud y vida de las y los trabajadores, sus familias y población en general.
En este marco, dijo la titular de Trabajo, se mantiene vigente el horario continuo de ocho horas. El horario de ingreso y salida en las fuentes laborales debe ser escalonado y dividido en grupos con intervalos de media hora.
Por otro lado, el trabajo a distancia y teletrabajo está como una opción permanente siempre y cuando la naturaleza de la actividad laboral lo permita y es una opción preferente para las personas en situación de vulnerabilidad, es decir, mayores de 65 años, mujeres embarazadas y personas con enfermedad de base.
De igual manera, los protocolos de bioseguridad en el sector público y privado deben cumplir con los lineamientos emitidos por el Ministerio de Salud, es decir, uso obligatorio y adecuado de barbijos, distanciamiento de 1,50 a 2 metros, lavado y desinfección de manos, entre otros.