Ministerio de Trabajo, 7 de dic 2021.- La ministra de Trabajo, Verónica Navia, recordó este martes que el Aguinaldo de Navidad no tiene vencimiento, es irrenunciable y es un derecho adquirido por los trabajadores fijado por norma y en la Constitución Política del Estado.
“(El Aguinaldo de Navidad) no vence jamás, es un derecho laboral adquirido de las y los trabajadores, está fijado por norma, incluso muy antigua. La Constitución establece el pago de este beneficio como reconocimiento de un décimo tercer salario”, dijo la autoridad.
Navia también recordó que la Dirección General de Trabajo dispuso, a través del instructivo No 0111/2021, que el Aguinaldo de Navidad debe ser pagado hasta el 20 de diciembre de la gestión 2021 impostergablemente, tanto en el sector privado como en instituciones públicas.
El instructivo señala que las empresas privadas que incumplan con este beneficio, en la fecha establecida, serán sancionadas con el pago doble del Aguinaldo. Asimismo, tanto las instituciones públicas como las privadas deben presentar la boleta de pago del aguinaldo el Ministerio de Trabajo, hasta el 31 de diciembre del año en curso.
Asimismo, explicó que las y los trabajadores que hayan cumplido tres meses de trabajo en el sector público y privado tiene derecho a acceder a este beneficio, mientras que en el caso de los obreros deben tener un mes de labor para recibir su aguinaldo.
El Aguinaldo no puede ser descontado del salario de los trabajadores, tampoco puede ser cancelado en especie ni en cuotas, “es un pago único sin descuentos”.
Respecto a los reclamos o denuncias sobre el incumplimiento del pago del Aguinaldo o la vulneración de cualquier otro derecho laboral, la Ministra dijo que el despacho de Trabajo tiene jefaturas en los nueve departamentos del país y también regionales, a donde pueden acudir las y los trabajadores que sean afectados.