REGLAMENTO INTERNO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE FONDOS DE CAJA CHICA

CONSIDERANDO:
Que, el Articulo 232 de la Constitución Política del Estado indica que: “la Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados”

Reglamento Interno para la Administración de Fondos de Caja Chica