Ante un despido injustificado, se realizó la intervención a través de la Jefatura Regional de Trabajo en Puerto Suárez, en atención a la denuncia del trabajador con iniciales B.M.L.
Si bien existía un contrato verbal en este caso, este tipo de acuerdos son reconocidos por la Ley General del Trabajo como un acuerdo para la prestación de servicios laborales y la remuneración por ello; además, de todas las disposiciones que protegen al trabajador.
El inspector del caso, aplicando la normativa y conociendo los antecedentes de la desvinculación del chofer que trabajó por 3 meses y 3 días, determinó que su despido fue injustificado, notificando a la empresa de transporte, que, valorando los criterios y argumentos del Ministerio de Trabajo, reincorporó al trabajador a su fuente laboral.