Ministerio de Trabajo, 16 may 2024.- Después de algunas gestiones, la Jefatura Departamental de Trabajo Oruro logró que Diana Paniagua reciba el nuevo Salario Mínimo Nacional de Bs2.500 por su trabajo realizado en febrero. Sus empleadores de un restaurante orureño habían definido pagarle solamente Bs1.200 de manera irregular.
El artículo 52 de la Ley General del Trabajo señala que la “remuneración o salario es el que percibe el empleado u obrero en pago de su trabajo. No podrá convenirse salario inferior al mínimo”.
Paniagua trabajaba desde las ocho de la mañana hasta las cinco de la tarde. Ella freía pollos, hacía la limpieza del local, atendía a los clientes y cuando ingresó no le dotaron ropa de trabajo, tampoco le entregaron un inventario de los materiales que manejaba o que debían estar a su cargo, informó la Jefa Departamental de Trabajo Oruro, Danitza Villarroel.
En su denuncia, Paniagua indicó que nunca faltó a su fuente laboral, trabajaba todos los días incluidos los domingos, día en que el trabajador recibe un pago adicional y no le dotaron de seguro de salud, tampoco tenía seguro de largo plazo.
“Los domingos no me pagaban, no tenía seguro de salud, el descanso era a las 13:00, a esa hora nos daban un té con pan. El almuerzo era a las 16:00 a veces nos daban pollo o salchipapa, para mis pasajes me entregaban cinco bolivianos y en horario de trabajo me desplazaba de una sucursal a otra”, dijo la exempleada en su denuncia.
La jefa departamental de Trabajo explicó que en audiencia, los empleadores de Paniagua le pagaron el salario como corresponde, pues nadie puede percibir un pago menor al Mínimo Nacional.
Villarroel recordó que el artículo 55 de la Ley General del Trabajo, además, establece que las horas extra deben ser pagadas con el 100% de recargo y por trabajar en domingo se paga triple, además indicó que la jornada efectiva de labor no debe exceder las ocho horas por día y de 48 por semana.