Ministerio de Trabajo, 26 mar 2024.- Dos extrabajadoras pudieron cobrar sus beneficios sociales después de que la jefatura Regional de Trabajo Yacuiba se hizo cargo de sus denuncias ante ese despacho.
La información corresponde al jefe Regional de Trabajo Yacuiba, Juan Carlos Zuleta, quien afirmó que la trabajadora Karina Gareca trabajó 19 días en una sala de mesas de billar y sus empleadores se negaban a pagarle por sus servicios.
El inspector que se hizo cargo del caso, Juan Carlos Mamani, informó que llamó a audiencia a las dos partes involucradas y fue cuando los empleadores pagaron Bs850 a Gareca por la atención del billar.
Por otro lado, la trabajadora Noemí Perales, quien prestó sus servicios dos años y cuatro meses en la empresa de Transporte Bloque del Sur, denunció que sus empleadores se negaban a pagarle sus beneficios sociales. Este caso fue resuelto cuando la Jefatura Regional logró que Perales reciba el monto de Bs2.533.
El artículo 48, parágrafo I de la Constitución Política del Estado establece que “las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio”. El parágrafo II señala que “las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajos los principios de protección de las trabajadoras y trabajadores” y el parágrafo III afirma que los derechos y beneficios a favor de las trabajadoras y trabajadores son irrenunciables.