Ministerio de Trabajo, 16 feb 2024.- José Huasco sufrió un accidente en su fuente laboral. Él mismo hizo la denuncia a la Jefatura Regional de Trabajo El Alto, cuyo personal realizó todas las gestiones para que sus empleadores paguen la indemnización conforme a ley por tan desafortunado hecho.
La información fue dada a conocer por la jefa Regional de Trabajo, Mary Velasco, quien mencionó que el obrero perdió un brazo cuando arreglaba una máquina industrial de café y como corresponde se exigió a la empleadora indemnice a Huasco por la incapacidad generada. De esta manera la víctima recibió Bs34.012.
El artículo 79 de la Ley General del Trabajo señala que toda empresa o establecimiento laboral está obligado a pagar a los empleados u obreros que ocupe, las indemnizaciones correspondientes por accidentes o enfermedades profesionales ocurridas por razón del trabajo, exista o no culpa o negligencia por parte del trabajador.
La inspectora a cargo del caso, Isabel Hinojosa explicó que se exigió a los empleadores hacerse cargo de las curaciones y proceda a pagar los salarios correspondientes hasta el restablecimiento del trabajador. Ellos pagaron a José por este motivo Bs17.212, al margen de la indemnización.
Por razones personales Huasco decidió romper la relación laboral con sus empleadores, por lo cual le pagaron Bs25.381 de beneficios sociales por el servicio de un año, cuatro meses y nueve días.
El artículo 67 de la Ley General del Trabajo establece que el empleador está obligado a adoptar todas las precauciones necesarias para la salud de sus trabajadores a este fin debe tomar medidas para evitar accidentes y enfermedades profesionales. Cada empresa industrial o comercial deberá tener un reglamento interno legalmente aprobado.