Ministerio de Trabajo, 15 de sep 2023.- Las agencias privadas de empleo de Santa Cruz, no están registradas en el Ministerio de Trabajo como debe ser, por lo tanto son clandestinas y algunas propician explotación laboral, afirmó este viernes la jefa departamental de Trabajo, María Encinas.
La Jefatura Departamental de Trabajo Santa Cruz realizó esta jornada un total de 15 inspecciones en la avenida Cañoto primer anillo de esa ciudad, donde se concentran las agencias de empleo dedicadas a ofrecer trabajo para cocineras, vendedoras de tiendas, guardias de seguridad, vaqueros, gomeros, horneros de pollo, soldadores y mucho más.
“Se pudo constatar que estas agencias no cumplen con su registro correspondiente, además de ser clandestinas tienen personal dependiente, quienes tampoco están regularizados de acuerdo a la normativa laboral. Entonces doblemente están infringiendo las normas laborales”, señaló Encinas en conferencia de prensa.
La autoridad informó que desde su despacho fueron remitidos hasta 10 casos al Ministerio Público de denunciantes que revelaron ser víctimas de explotación laboral y trabajo forzoso u otra forma de servidumbre tras ser acomodados en un puesto de trabajo, después de acudir a las agencias privadas de empleo.
Por su parte, la Técnico de Emprendimientos de la Dirección General de Empleo (DGE), del Ministerio de Trabajo, Miriam Valdez, informó que, a propósito de estas inspecciones, “el presidente Luis Arce generó políticas de protección de las y los trabajadores y de quienes buscan un trabajo, debido a la gran cantidad de denuncias por trata y tráfico de personas”.
Es así que la Resolución Ministerial Nº 108/19 modifica el Reglamento para el Registro y Funcionamiento de las Agencias Privadas de Empleo otorgando un plazo de 90 días para que estas se registren en el Ministerio de Trabajo “así como para el registro del Dominio de Internet de los Operadores Virtuales que se dedican a la intermediación laboral en todo el territorio nacional”.
El artículo 1 de dicho Reglamento establece derechos, obligaciones, prohibiciones y sanciones en cumplimiento del artículo 25 de la Ley Integral Contra la Trata y Tráfico de Personas.
La jefa departamental de Trabajo Santa Cruz explicó que a las agencias de empleo se les ha remitido un comunicado, incluso se les brindó talleres para que se registren y se les ha distribuido el reglamento, “pero hicieron caso omiso a todas las recomendaciones”.
El artículo 20 del Reglamento establece una sanción equivalente a una multa de tres salarios mínimos nacionales a las agencias privadas de empleo que no se hayan registrado en el plazo correspondiente.