Ministerio de Trabajo, 28 ago 2023.- Leidi L. Vargas tuvo que acudir a la Jefatura Regional de Trabajo Puerto Suárez (Santa Cruz) para denunciar que sus empleadores pretendían soslayar el pago de sus beneficios sociales; sin embargo, con la intervención de este despacho, logró que se le cancele lo que por derecho le corresponde.
Ella trabajó durante un año y siete meses como cocinera en el restaurante de un hotel de esa ciudad, situada en la frontera con Brasil.
La jefa Regional de Trabajo Puerto Suárez, Cinthia Paniagua, informó que en la oficina regional, la inspectora que se encargó del caso, Mary Montecinos, hizo las gestiones correspondientes para que la trabajadora lograra el cobro de sus beneficios.
En esta oficina regional se hizo el cálculo correspondiente sobre el monto que se le debía pagar por sus años de servicio. Es así que sus empleadores pagaron la suma de 13.945 bolivianos con el aval del Ministerio de Trabajo.
El artículo 48, parágrafo IV de la Constitución Política del Estado señala que los salarios o sueldos devengados, derechos laborales, beneficios sociales, aportes a la seguridad social no pagados tienen privilegio y preferencia, son inembargables y no prescriben.