Ministerio de Trabajo, 25 ago de 2023.- Henry Zambrana, extrabajador de la empresa Batebol S.A. recibió, en días pasados, la suma de Bs 40 mil como pago de sus beneficios sociales que sus empleadores intentaron ignorar. El Ministerio de Trabajo se encargó de que el extrabajador obtenga lo que por ley le corresponde.
El hecho ocurrió en Santa Cruz cuando Zambrana acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo para sentar denuncia sobre el despido de su fuente laboral hace ocho años, luego de prestar sus servicios durante 16 años.
Zambrana relata que, en 2015, él y otros cuatro trabajadores fueron despedidos sin derecho alguno a sus beneficios sociales acusados de una supuesta pérdida de mercadería de la empresa fabricante de baterías.
La empresa les inicio un proceso penal pero los extrabajadores, obligados por las circunstancias, optaron por un resarcimiento en favor de la empresa. Es así que los empleadores desestimaron la acción penal, pero esquivaron el pago de los beneficios sociales a los extrabajadores.
Sobre el caso, la responsable de inspectoría de la Jefatura Departamental de Trabajo Santa Cruz, Patricia Chinche explicó que pese a los años Zambrana no se resignó a perder sus beneficios sociales, más aún cuando se enteró que estos son irrenunciables e imprescriptibles, razón por la cual acudió a las oficinas del Ministerio de Trabajo en Santa Cruz.
Por su lado, Karen Eid, inspectora de la Jefatura Departamental de Trabajo Santa Cruz, que se hizo cargo del caso, afirmó que, recibida la denuncia de Zambrana, se convocó a los empleadores quienes finalmente admitieron el pago de Bs 40 mil por concepto de quinquenios, incluyendo en este monto el 30% de multa debido a que el pago se hizo fuera del plazo correspondiente.
El quinquenio es la indemnización por cada cinco años de trabajo continuo. Las y los trabajadores que hayan cumplido este tiempo podrán, a simple solicitud escrita, exigir al empleador el pago del o los quinquenios consolidados en un pago único, en un plazo de 30 días calendario, computables a partir de la solicitud y se prohíbe su fraccionamiento.
En caso de incumplimiento dentro del plazo establecido, el empleador pagará el monto del quinquenio actualizado, además de una multa en favor de la trabajadora o trabajador consistente en 30% del monto total a cancelarse.