COMUNICADO 001/21
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Vistos y Considerando: Que, el Artículo 33, de la Constitución Política del Estado, señala que todas las personas tienen derecho a un medio ambiente saludable protegido y equilibrado, el ejercicio de este derecho debe permitir a los individuos y colectividades futuras generaciones, además de otros seres vivos, desarrollarse de manera normal y permanente.
Vistos y Considerando: Que, el parágrafo I del Articulo 35 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado, en todos sus niveles, protegerá el derecho a la salud, promoviendo políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud. …
Que, el Artículo 33, de la Constitución Política del Estado, señala que todas las personas tienen derecho a un medio ambiente saludable protegido y equilibrado, el ejercicio de este derecho debe permitir a los individuos y colectividades futuras generaciones, además de otros seres vivos, desarrollarse de manera normal y permanente. Resolución Ministerial 012/21
Vistos y Considerando: Que, el numeral 1 del Parágrafo I del artículo 46 de la Constitución Política del Estado de 07 de febrero de 2009, señala que toda persona tiene derecho al trabajo digno con seguridad industrial, higiene y salud ocupacional, sin discriminación y con remuneración o existencia digna.