Resolución Ministerial No.- 1571/23
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CONSIDERANDO:- Que, el Articulo 37 de la Constitución Política del Estado, dispone que el Estado, dispone que el Estado tiene la obligación de garantizar y sostener el derecho a la salud, que se constituye en una función suprema y primera responsabilidad financiera, debiendo priorizar la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades. …
VISTOS: Informe MTEPS-VMTPS-DGAS-EECB-0822-INF/23 de 23 de junio de 2023, suscrito por el Responsable de Promoción Sindical, la Responsable de Asuntos Sindicales y Legislación Laboral, el Responsable de Revisión de Informes Económicos de Sindicatos, y el Profesional de Monitoreo y Prevención de Conflictos, todos de la Dirección General de Asuntos Sindicales, con referencia: “SOLICITUD DE MODIFICACIÓN …
VISTOS Y CONSIDERANDO Que, el Articulo 37 de la Constitución Política del Estado prevé que el Estado tiene la obligación indeclinable de garantizar y sostener el derecho a la salud, que se constituye en una función suprema y primera responsabilidad financiera, debiendo priorizar la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades.- Que, …
CONSIDERANDO:- Que, el Numeral 1 del Parágrafo I del Artículo 46 de la Constitución Política del Estado, establece que toda persona tiene derecho al trabajo digno, con seguridad industrial, higiene y salud ocupacional, sin discriminación, y con remuneración o salario justo, equitativo y satisfactorio, que el asegure para sí y su familia una existencia digna.- …
CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del Parágrafo I del Articulo 46 de la Constitución Política del Estado, reconoce el derecho de las personas al trabajo digno, con seguridad industrial, higiene y salud ocupacional, sin discriminación, y con remuneración o salario justo, equitativo y satisfactorio, que le asegure para sí y su familia una existencia digna.— …
CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, en su Artículo 46 señala que “I. Toda persona tiene derecho: 1. Al trabajo digno, con seguridad industrial, higiene y salud ocupacional, sin discriminación, y con remuneración o salario justo, equitativo y satisfactorio, que le asegure para sí y su familia una existencia digna”; ‘II. …
CONSIDERANDO: Que, el Parágrafo I del Articulo 8 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado asume y promueve como principios ético-morales de la sociedad plural el ama quilla, ama llulla, ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso y no seas ladrón), suma qamaña (vivir bien), ñandereko (vida armoniosa), tekokavi (vida buena), …
VISTOS Y CONSIDERANDO: Informe MTEPS-VESCYCOOP-DGSC-MMCPH-OOI 1-1NF/23 de 17 de febrero de 2023, de la Dirección General del Servicio Civil, emitido por la Responsable Legal, vía el Director General del Servicio Civil y el Viceministro de Empleo, Servicio Civil y Cooperativas, dirigidoa la Máxima Autoridad Ejecutiva, con referencia “INFORME TÉCNICO DE VIABILIDAD TÉCNICA – MANUAL DE …